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¿QUE ES EL CONCEJO?
El Concejo Municipal en
Colombia es una de las instituciones más representativas del derecho
constitucional y administrativo. Constituye el espacio democrático por
naturaleza, en cuanto allí se discuten y analizan los problemas del
municipio y se imparten las orientaciones políticas, administrativas y
económicas específicas para atender las necesidades básicas de la
población.
En el concejo municipal el
pueblo es partícipe de la vida política local. Cada uno, a su manera,
tiene la oportunidad de sentirse directamente representado por un amigo
o un vecino, cuando no lo es por alguien cercano a su entorno familiar
o laboral. Es la institución que permite mayores oportunidades de
contacto directo entre la población y el estado.
El Concejo de Yopal es una
corporación administrativa de elección popular. Representa al pueblo
para el cumplimiento de los diferentes fines, entre otros, la
proyección social y la solución de los problemas más urgentes de la
comunidad.
MISIÓN
El Concejo Municipal
de Yopal,
es una corporación político administrativa de
elección popular, que tiene como Misión principal
representar el interés general mediante el ejercicio del control
político a la Administración Municipal en el marco de la
Constitución y la Ley, facilitar la participación
democrática, proponer, debatir y expedir acuerdos que respondan
a las expectativas de todos los yopaleños y velar por el uso
adecuado de los recursos del municipio, con el fin de contribuir aldesarrollo integral del territorio y sus habitantes.
VISIÓN
El Concejo Municipal de Yopal,
es una corporación político administrativa de elección popular, que
tiene como Misión principal representar el interés general mediante el
ejercicio del control político a la Administración Municipal en el
marco de la Constitución y la Ley, facilitar la participación
democrática, proponer, debatir y expedir acuerdos que respondan a las
expectativas de todos los yopaleños y velar por el uso adecuado de los
recursos del municipio, con el fin de contribuir aldesarrollo integral del territorio y sus habitantes.
¿QUIENES LO CONFORMAN?
Compuesto por diecisiete (17)
miembros elegidos popularmente para un período de cuatro (4) años,
comprendido entre el primero de Enero del año siguiente a su elección y
el último día del mes de Diciembre en que termine el respectivo periodo
constitucional.
PRINCIPIOS RECTORES
Eficacia, Eficiencia,
Transparencia, Moralidad, Responsabilidad y honestidad.
¿CUALES SON SUS FUNCIONES?
- Reglamentar las funciones y
la eficiente prestación de los servicios a cargo del Municipio.
- Adoptar los
correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social de
obras públicas.
- Autorizar al Alcalde para
celebrar contratos y ejercer protémpore precisas funciones de las que
corresponden al Concejo.
- Votar de conformidad con la
Constitución y la Ley los tributos y los gastos locales.
- Dictar las normas orgánicas
del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y Gastos.
- Determinar la estructura de
la Administración Municipal y las funciones de sus dependencias; las
escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de
empleos; crear a iniciativa del Alcalde establecimientos públicos y
empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de
Sociedades de Economía Mixta.
- Reglamentar los usos del
suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las
actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles
destinados a vivienda.
- Elegir Personero Municipal
y posesionarlo.
- Dictar las normas
necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio
ecológico y cultural del Municipio.
- Aceptar la
renuncia de los Concejales, cuando la Corporación se encuentre
sesionando. En receso, dicha atribución le corresponde al Alcalde
Decisiones del concejo
Según en
artículo 83 de la Ley 136 de 1994, el concejo municipal toma decisiones
a través de tres tipos de actos. Ellos son los acuerdos municipales,
las resoluciones y las proposiciones.
Los acuerdos municipales son
aprobados siguiendo las etapas del proceso normativo correspondiente
(presentación de proyecto, aprobación, sanción y publicación).
Las resoluciones y las
proposiciones se adoptarán en los eventos en los cuales las decisiones
del concejo no requieran acuerdo municipal y serán suscritas por la
mesa directiva y el secretario de la corporación.
¿Qué hace el Concejo?
Básicamente tiene dos
atribuciones: una, estudiar y aprobar proyectos de acuerdo, y dos,
vigilar y controlar la gestión de las autoridades municipales (Control
Político).
¿Qué son proyectos de
acuerdo?
Son las propuestas de normas
que estudia el Concejo sobre materias que tienen que ver con asuntos de
la ciudad. Por ejemplo, impuestos, presupuesto, códigos, plan de
desarrollo, plan vial, entre muchas otras.
¿Qué es el Control Político?
El CONTROL POLÍTICO tiene como
objetivo exigir y garantizar el ejercicio del poder y la gestión
gubernamental de una manera transparente y reclamar la responsabilidad
política de quienes llegan a cargos de elección popular y sus equipos
de gobierno (administración) y verificar que ajustan sus actos a las
disposiciones establecidas en la Ley.
La función central
del Concejo en Colombia es ejercer el Control Político sobre la gestión
del gobierno municipal, en particular del Alcalde y de su gabinete.
Ejercer el Control Político, implica la intervención del Concejo para
que el Alcalde y su gabinete den cuenta a la población, sobre el
cumplimiento de las funciones que les ha sido asignadas a través de
mecanismos como las citaciones y la exigencia de informes sobre el
ejercicio de funciones (Artículo 38 y s.s, de la Ley 136 de 1994).
Ejercer Control Político de manera constructiva no es una tarea fácil.
El Concejo Municipal juega un papel fundamental a la hora de garantizar
que el Alcalde ejecute las obras, inversiones, programas y otras
actividades por las cuales fue elegido con su Programa de Gobierno.
¿Cada cuanto se reúne el
Concejo de Yopal?
El Concejo se reúne
ordinariamente durante tres periodos al año, los cuales son los
siguientes:
Primer Periodo: 1º al 28 de
Febrero
Segundo Periodo: 1º al 31 de Mayo
Tercer Periodo: 1º al 31 de Agosto
Cuarto Periodo : 1º al 30 de Noviembre
¿Cuáles son las clases de
sesiones?
La sesiones pueden ser
plenarias (ordinarias y extraordinarias) o de comisiones.
Sesiones
ordinarias: Aquellas en las cuales el Concejo se reúne, por derecho
propio, durante los períodos legales u ordinarios y sus prórrogas.
Sesiones extraordinarias: Aquellas convocadas por el señor Alcalde en
Períodos diferentes a los legales, y en las cuales la Corporación se
ocupa, exclusivamente, de los asuntos señalados en la convocatoria.
El concejo Municipal de Yopal, sesionará al año
72 veces en ordinarias y extraordinarias cada vez que sea convocado por
el ejecutivo.
Los concejales tienen derecho a devengar honorarios de 18 días de
sesiones ordinarias y por extraordinarias cuantas veces sea convocada
la corporación.
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