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Comisiones permanentes

Las comisiones permanentes del concejo estarán encargadas de dar el primer debate a los proyectos de acuerdo municipal (L. 136/94, arts. 25 y 73).

La ley le garantiza al concejo la libre determinación del número de comisiones que considere necesario y la distribución interna de los asuntos o negocios que éstas conozcan, según el contenido de los proyectos.

Para determinar el número de comisiones permanentes el concejo podrá considerar, entre otros factores, la categoría a la cual pertenezca el municipio, las funciones del concejo, el número de concejales que lo integran, el número de proyectos que regularmente se tramitan y la especialidad de sus integrantes.

En los municipios de categorías 4, 5 y 6 se establecen comúnmente las comisiones de: presupuesto, administrativa y planeación. En los municipios de categoría especial, el concejo establece, además de las anteriores, las comisiones de hacienda, obras públicas, educación, salud, privada, general, servicios públicos, entre otras.

Es necesario indicar que las comisiones deberán estar integradas al menos por dos concejales, con lo cual se limita el número de comisiones permanentes, sobre todo en el concejo de los municipios de quinta y sexta categoría, porque está la prohibición-mandato establecida en el artículo 25 de la Ley 136 de 1994, según la cual todo concejal debe pertenecer a una, y solamente a una, comisión permanente del concejo. Es decir, si los concejos de los municipios de sexta categoría, que son la mayoría, están integrados por 7 o 9 integrantes, el concejo podrá organizar en su interior únicamente tres o cuatro comisiones permanentes.


COMISION PRIMERA: PLANES Y PROGRAMAS

JAVIER MILLAN SANCHEZ - PRESIDENTE
LUIS CARLOS PEREZ BARRERA  - VICEPRESIDENTE
CRISTOBAL TORRES PEREZ
GERMAN OROZCO BARERRA
RAFAEL CASTRO BUITRAGO

COMISION SEGUNDA: HACIENDA Y PRESUPUESTO

OROMAIRO AVELLA BALLESTEROS -   PRESIDENTE
RAFAEL GONZALEZ PEÑA  - VICEPRESIDENTE
JOSE REINALDO PEREZ PIRAGAUTA
AMPARO SANABRIA GUTIERREZ 
ALEJANDRO BARRAGAN UNDA

COMISION TERCERA: MEDIO AMBIENTE Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD

NEIL BOTTICA CARDENAS
RONALD JEFREY WILCHEZ
HELMAN HANS LEON LEGUIZAMON
WILMER ANDRADE LEAL
HERNEY MOLINA BOHORQUEZ 
DAVID EMIRO SOSA CARRILLO
JESUS ALBERTO ROLON GOMEZ


Comisiones accidentales

Las comisiones accidentales se pueden establecer por la mesa directiva de la corporación para rendir el primer debate a los proyectos de acuerdo municipal, cuando el concejo no hay creado o integrado las comisiones permanentes (L. 136/94, art. 25).

 
 

 

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