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Comisiones permanentes
Las comisiones permanentes del
concejo estarán encargadas de dar el primer debate a los proyectos de
acuerdo municipal (L. 136/94, arts. 25 y 73).
La ley le garantiza al concejo
la libre determinación del número de comisiones que considere necesario
y la distribución interna de los asuntos o negocios que éstas conozcan,
según el contenido de los proyectos.
Para determinar el número de
comisiones permanentes el concejo podrá considerar, entre otros
factores, la categoría a la cual pertenezca el municipio, las funciones
del concejo, el número de concejales que lo integran, el número de
proyectos que regularmente se tramitan y la especialidad de sus
integrantes.
En los municipios de
categorías 4, 5 y 6 se establecen comúnmente las comisiones de:
presupuesto, administrativa y planeación. En los municipios de
categoría especial, el concejo establece, además de las anteriores, las
comisiones de hacienda, obras públicas, educación, salud, privada,
general, servicios públicos, entre otras.
Es necesario indicar que las
comisiones deberán estar integradas al menos por dos concejales, con lo
cual se limita el número de comisiones permanentes, sobre todo en el
concejo de los municipios de quinta y sexta categoría, porque está la
prohibición-mandato establecida en el artículo 25 de la Ley 136 de
1994, según la cual todo concejal debe pertenecer a una, y solamente a
una, comisión permanente del concejo. Es decir, si los concejos de los
municipios de sexta categoría, que son la mayoría, están integrados por
7 o 9 integrantes, el concejo podrá organizar en su interior únicamente
tres o cuatro comisiones permanentes.
COMISION PRIMERA:
PLANES Y PROGRAMAS
JAVIER MILLAN SANCHEZ - PRESIDENTE
LUIS CARLOS PEREZ BARRERA - VICEPRESIDENTE
CRISTOBAL TORRES PEREZ
GERMAN OROZCO BARERRA
RAFAEL CASTRO BUITRAGO
COMISION SEGUNDA:
HACIENDA Y PRESUPUESTO
OROMAIRO
AVELLA BALLESTEROS -
PRESIDENTE
RAFAEL GONZALEZ PEÑA - VICEPRESIDENTE
JOSE
REINALDO PEREZ PIRAGAUTA
AMPARO SANABRIA GUTIERREZ
ALEJANDRO BARRAGAN UNDA
COMISION TERCERA: MEDIO
AMBIENTE Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD
NEIL BOTTICA CARDENAS
RONALD JEFREY WILCHEZ
HELMAN HANS LEON LEGUIZAMON
WILMER ANDRADE LEAL
HERNEY MOLINA BOHORQUEZ
DAVID EMIRO SOSA CARRILLO
JESUS ALBERTO ROLON GOMEZ
Comisiones accidentales
Las comisiones
accidentales se pueden establecer por la mesa directiva de la
corporación para rendir el primer debate a los proyectos de acuerdo
municipal, cuando el concejo no hay creado o integrado las comisiones
permanentes (L. 136/94, art. 25).
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